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Art. 7 | Difusión de la Información Pública

Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo 118 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley se la considera de naturaleza obligatoria.

AÑO 2021


AÑO 2022


AÑO 2020


AÑO 2023

AÑO 2019


AÑO 2018


AÑO 2017


AÑO 2016